- Definición
- Monto
- PLAZOS
- REQUISITOS
¿Qué es una patente municipal?
La patente municipal es un tributo obligatorio que grava toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o actividad lucrativa secundaria o terciaria. Incluye también actividades primarias o extractivas cuando impliquen elaboración de productos (aserraderos, moliendas, concentración de minerales, etc.), siempre que se vendan directamente al público.
Quedan gravadas también las empresas o sociedades de inversión que adquieran o mantengan activos de los cuales obtengan rentas derivadas del dominio, posesión o tenencia.
Monto y cálculo de CPT
El valor de las Patentes Comerciales se determina en base al Capital Propio Tributario (CPT) de la empresa, que es la suma de activos menos los pasivos exigibles de la empresa, determinado al 31 de diciembre del año anterior, declarado por la empresa ante el Servicio de Impuestos Internos.
Para contribuyentes sin balance general obligatorio: Pagan patente mínima equivalente a 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM).
- Mínimo: 2.5 por mil del CPT
- Máximo: 5 por mil del CPT
- Límite inferior: 1 UTM
- Límite superior: 8,000 UTM
Nota importante: Cada municipio decide la tasa específica dentro del rango permitido (2.5-5 por mil), por lo que el monto puede variar incluso entre comunas cercanas. Consulta con tu municipalidad cuál es la tasa que aplica en tu caso.
Valor de referencia: 1 UTM = 71.649 CLP (Banco Central, Julio 2026)
Período patentario y plazos de pago
La patente municipal cubre un período de 12 meses comprendido entre el 1 de julio y el 30 de junio del año siguiente. Sin embargo, la periodicidad de pago puede ser anual o semestral, según lo que establezca cada municipio.
Formas de pago:
- Pago al contado: durante julio y enero de cada año
- Pago en dos cuotas iguales: primera cuota (julio), segunda cuota (enero) reajustada por IPC entre junio y noviembre
Alternativamente, algunos municipios permiten pago al contado de ambas cuotas en julio, lo que puede representar ahorros por pago anticipado.
Situaciones especiales:
- Nuevos contribuyentes: Si tu actividad comienza después del 31 de diciembre, pagas el 50% del valor anual de patente, prorrateado al número de meses restantes en el período patentario.
- Cambio de domicilio comercial: Cuando trasladas tu negocio a una nueva ubicación, la patente entra en vigencia desde el semestre siguiente a la instalación (no retroactiva). Debes informar el cambio a tu municipalidad dentro de 30 días hábiles de habilitado el nuevo local. Además, deberás presentar un certificado de no deuda emitido por la municipalidad anterior, lo que acredita que cumpliste todas tus obligaciones tributarias en el domicilio anterior.
Requisitos generales
Documentación obligatoria:
- Solicitud de autorización para funcionar en local determinado
- Declaración jurada sobre monto de capital propio
- Permisos según normativas sectoriales:
- Certificado de zonificación: Acreditando que tu actividad es compatible con el uso de suelo en la zona donde funciona
- Permisos sanitarios: Obligatorios si tu negocio manipula alimentos, bebidas o productos de salud
- Permisos especiales: Según el tipo de actividad (permisos ambientales, de operación, de construcción, etc.)
Excepciones:
- Microempresas familiares: beneficiadas con exenciones y plazos extendidos
- Profesionales y sociedades de profesionales: sin exigencia de permisos adicionales
Plazos de otorgamiento: La municipalidad tiene la obligación legal de otorgar la patente inmediatamente después de verificar que cumples con todos los requisitos. Sin embargo, si la Dirección de Obras o departamento técnico municipales requieren hacer una verificación física del local o de las condiciones de funcionamiento, el plazo se extiende hasta un máximo de 30 días corridos desde la solicitud.
Requisitos de renovación:
- No pueden renovarse si hay adeudos del período anterior
- Excepción: acreditación de estar acogido a exención parcial
Próximo vencimiento de plazo
31 de julio del 2026
Tipos de patentes y requisitos
El Decreto 2385 establece requisitos generales, pero cada municipalidad puede agregar requisitos administrativos adicionales según el tipo de patente y actividad.
COMERCIALES
Tiendas y negocios de compraventa en general; incluye almacenes, oficinas profesionales, consultorios, negocios de servicios varios.
- Presentar RUT original o copia autorizada por notaría
- Cédula de identidad vigente
- Comprobante de domicilio comercial (contrato de arriendo o escritura de propiedad)
- Declaración de giro (si es primera vez)
- Licencia municipal anterior (si es renovación)
INDUSTRIALES
Negocios cuyo giro es la producción o manufacturas; incluye panaderías, pastelerías, fábricas de alimentos, talleres de producción, entre otros.
- Presentar RUT original o copia autorizada por notaría
- Cédula de identidad vigente
- Comprobante de domicilio comercial (contrato de arriendo o escritura de propiedad)
- Declaración de giro (si es primera vez)
- Licencia municipal anterior (si es renovación)
- Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Manufactura (SII)
- Autorización sanitaria de SEREMI de Salud
- Permiso municipal de funcionamiento
- Comprobante de infraestructura adecuada y cumplimiento de normativas ambientales
ALCOHOLES
Depósito de bebidas alcohólicas, bares, cantinas y tabernas, expendio de cervezas y minimercados.
- Patente comercial base (primero)
- Autorización sanitaria (SEREMI de Salud)
- Certificado de permisos municipales
- Comprobante de Ley de Alcoholes (Ley 19.925)
- Registro en padrón de bebidas alcohólicas
- Póliza de seguro (según municipio)
FERIAS LIBRES Y VÍA PÚBLICA
Ferias libres, vía pública y esporádicas; incluye vendedores ambulantes, puestos de comida en mercados, kioscos en espacios públicos, pequeños comercios en vía pública.
- Certificado de inscripción en padrón de feria
- RUT e identificación personal
- Certificado de aseo urbano e higiene
- Resolución municipal de ocupación de espacio público
- Autorización de remoción (si es ambulante)
⚠️ Recuerda que las patentes de alcoholes y ferias libres se deben pagar de manera presencial en la Tesorería Municipal que corresponda.
Plataformas de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) que facilitan el acceso a información de los 345 municipios del país.
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